Campaña de la
reforma tributaria,
Por Olga
Feliú (*)
El estudio de los proyectos Legislativos por el
Parlamento no debe estar presionado por grupo alguno. Tampoco por el Poder
Ejecutivo que, como colegislador, goza de facultades Legislativas superiores a
las del propio Congreso Nacional. Desde esta perspectiva cabe analizar la
campaña del Poder Ejecutivo, de público conocimiento, para convencer a la
opinión pública sobre la bondad del proyecto de Ley de reforma tributaria.
¿Qué se busca en ella? Que la opinión pública
se convenza de que resulta muy beneficioso que se apruebe la reforma propuesta.
Y cuando se obtenga el resultado esperado de la difusión del video, reforzado
por las declaraciones de las autoridades, seguramente se medirá su aprobación
por encuestas, las que se esgrimirán al Parlamento para obtener la aprobación
del proyecto, tal como fue propuesto. Ahora bien, si el Parlamento propone
modificaciones al proyecto o rechaza algunas modificaciones propuestas, con la
lógica análoga al video se sostendrá -con certeza- que han triunfado en el
Congreso los poderosos que no desean tributar.
Esta situación merece una reflexión.
Las relaciones entre el Ejecutivo y el Congreso
Nacional deben estar siempre enmarcadas en el respeto mutuo y el apego
irrestricto a las normas de la Carta Fundamental. Aplicar tales principios
evita la confrontación y conduce a un clima interno beneficioso. Tratándose de
materias Legislativas de iniciativa exclusiva del Presidente de la República,
como ocurre con la reforma tributaria, contenida en 200 páginas, compete al
Parlamento estudiarla, aprobarla, corregirla o rechazarla. Este estudio,
complejo y laborioso, tiene un doble carácter, técnico y político, y requiere
escuchar a los expertos, universidades, centros de estudio, grupos intermedios
y a todo aquel que quiera dar su opinión. Necesariamente, este análisis debe
ser independiente y alejado de toda presión.
El Ejecutivo tiene facultades muy poderosas en
el orden Legislativo que, si las incrementa con campañas que buscan volcar la
opinión pública, llevan a anular la libertad de los Parlamentarios para
estudiar los proyectos de Ley con la independencia que les corresponde tener.
El desequilibrio entre los Poderes del Estado que busca imponer el criterio del
Ejecutivo frente al Parlamento distorsiona la democracia y hace desaparecer el
peso del Congreso.
Tampoco es positivo el discurso
descalificatorio, desde el mismo Gobierno o los Parlamentarios que le son
afines, contra los grupos intermedios de la sociedad que tienen derecho a ser
escuchados y a que sus opiniones sean rebatidas con razones y no con
descalificaciones.
Además, como los recursos Estatales son
escasos, y solo pueden destinarse a los fines públicos que una Ley establece, y
la publicidad o propaganda del Estado no está considerada Legalmente como un
gasto, desde muy antiguo la jurisprudencia de Contraloría objetó estos egresos.
Según esa jurisprudencia, los servicios públicos no pueden efectuar publicidad,
ni propaganda, salvo que se trate de ejercer sus propias funciones, o se trate
de informaciones que deban dar a conocer a los usuarios para que estos accedan
a las prestaciones que ellos otorgan. Como ocurre con los avisos del día en que
se pagarán las pensiones, o deberán enterarse las patentes o los impuestos.
La jurisprudencia recordada fue el fundamento
del precepto en la Ley de Presupuesto de 1993, introducido por indicación Parlamentaria
en el Senado, y mantenido sin variaciones en los sucesivos presupuestos de la
nación. Más tarde, la ley Nº 19.896 aprobó una norma, no anual sino indefinida,
en la Ley de Administración Financiera del Estado, que se refiere a los gastos
de publicidad y propaganda con fondos públicos y que reitera que los Ministerios
y los órganos y servicios públicos "no podrán incurrir en otros gastos de
publicidad y difusión que los necesarios para el cumplimiento de sus funciones
y en aquellos que tenga por objeto informar a los usuarios sobre la forma de
acceder a las prestaciones que otorgan". Así, esta especie de publicidad
no está autorizada por la Legislación vigente.
En suma, la campaña de que se trata desconoce
el respeto debido entre poderes del Estado, no reconoce el derecho a expresarse
de los grupos intermedios interesados, introduce descalificaciones personalizadas
y no técnicas, e importa un gasto prohibido por el Legislador. La necesaria paz
social y la mantención de la buena imagen del país exigen un cambio.
(*) Olga Feliú de Ortúzar es la Presidente del Colegio de Abogados A.G.